Obligatorio desde el AI Act — exigible agosto 2026

    Formación obligatoria de IA para asesorías y gestorías

    Si en tu asesoría o gestoría usáis ChatGPT, Copilot o cualquier IA para redactar, resumir normativa o clasificar documentos, el Artículo 4 del AI Act os obliga a formar al equipo. Te lo dejamos cumplido y documentado, y de paso tus clientes también te lo van a pedir a ti.

    Tu asesorías y gestorías ya usa IA (y por eso te obliga)

    Las asesorías son un caso doble: usáis IA a diario sobre datos fiscales y personales de terceros (máxima sensibilidad RGPD) y, además, vuestros propios clientes PYME os van a preguntar cómo cumplir el Art. 4. Tener vuestra formación hecha y documentada no es solo cumplir: es un argumento comercial para acompañar a vuestra cartera.

    • Redactar y resumir escritos, requerimientos y normativa con ChatGPT o Copilot
    • Clasificar y extraer datos de facturas, nóminas y contratos con IA
    • Responder consultas frecuentes de clientes (plazos, documentación) con un chatbot
    • Generar borradores de comunicaciones y recordatorios de campaña

    Qué te juegas si no formas al equipo

    Datos de clientes en herramientas públicas

    Pegar una nómina o un modelo fiscal con datos personales en una IA pública sin saber qué pasa con esa información es un riesgo RGPD directo.

    Errores normativos sin supervisión

    La IA inventa plazos y artículos. Sin formación sobre sus límites, un borrador mal supervisado puede salir a un cliente como bueno.

    Sin trazabilidad ante inspección

    No poder demostrar que el equipo está formado deja a la asesoría fuera de cumplimiento justo en el sector que más sensible es a auditorías.

    Qué obliga exactamente el Artículo 4

    A quién aplica

    A toda empresa o autónomo que use sistemas de IA. Sin umbral de tamaño: si tu equipo usa ChatGPT, Copilot o cualquier IA, están obligados a tener formación.

    Desde cuándo

    La obligación rige desde el 2 de febrero de 2025. La supervisión y sanciones de la AESIA son exigibles desde el 2 de agosto de 2026.

    Qué incluye nuestra formación

    • Fundamentos de IA aplicada al puesto de trabajo: qué es, qué puede y qué no puede hacer.
    • Riesgos, límites y sesgos de la IA generativa, con ejemplos del sector.
    • Uso seguro y responsable: privacidad, RGPD, datos sensibles y propiedad intelectual.
    • Marco legal: qué exige el AI Act y cómo afecta al día a día.
    • Buenas prácticas con ChatGPT, Claude, Gemini y Copilot.
    • Certificado de aprovechamiento nominal + registro documental para demostrar cumplimiento.

    Formatos disponibles

    Presencial en La Rioja

    En Logroño y toda La Rioja, con casos de tu sector y equipo formador propio.

    Online en toda España

    Sesiones en directo por videollamada. Para equipos distribuidos o fuera de La Rioja.

    In-company a medida

    Vamos a tu empresa y adaptamos el contenido a vuestros procesos y herramientas.

    Bonificable por FUNDAE

    La formación es bonificable a través del crédito de formación de FUNDAE. La gestión de la bonificación la realiza tu empresa (o tu gestoría) y, si tenéis crédito disponible, puede salir sin coste. Te entregamos toda la documentación que FUNDAE requiere.

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatoria la formación en IA para mi asesoría?

    Sí. El Artículo 4 del Reglamento Europeo de IA (AI Act) obliga, desde el 2 de febrero de 2025, a toda empresa o autónomo que use sistemas de inteligencia artificial a garantizar un nivel suficiente de alfabetización en IA de las personas que los operan o supervisan. No hay umbral de tamaño.

    ¿Desde cuándo se puede sancionar el incumplimiento?

    La obligación existe desde febrero de 2025, pero la supervisión y el régimen sancionador de la AESIA son plenamente exigibles a partir del 2 de agosto de 2026. Conviene tener la formación documentada antes de esa fecha.

    ¿Se puede bonificar por FUNDAE?

    Sí, la formación es bonificable a través del crédito de formación de FUNDAE. La gestión la realiza la propia empresa (o su gestoría) y, si tenéis crédito disponible, puede salir sin coste. Os facilitamos toda la documentación que FUNDAE requiere.

    ¿Vale con una charla rápida o un PDF?

    No. El Art. 4 exige formación estructurada, adaptada al rol de cada persona, documentada y trazable: hay que poder demostrarla. Por eso entregamos certificado de aprovechamiento nominal y registro de la formación.

    ¿Podemos ofrecer esta formación a nuestros propios clientes?

    Sí. Muchas gestorías nos derivan a sus clientes PYME o montan formaciones in-company conjuntas. Hablamos del modelo de colaboración en la primera reunión.

    Ver también: Formación obligatoria de IA (Art. 4 AI Act) · Servicio de formación en IA