Obligatorio desde el AI Act — exigible agosto 2026

    Formación obligatoria de IA para empresas (Artículo 4 del AI Act)

    El Reglamento Europeo de IA obliga a tu empresa a adoptar medidas demostrables de alfabetización en IA para el personal que la usa. Te lo dejamos cumplido: formación estructurada, certificado de aprovechamiento y documentación lista para una auditoría. Presencial en La Rioja, online en toda España o en tu empresa.

    Actualizado tras el Ómnibus Digital — Reglamento (UE) 2026/1744, en vigor desde el 27 de julio de 2026: el Art. 4 pasa a ser una obligación de medios («medidas apropiadas y demostrables»). Esta página refleja la redacción vigente.Última revisión: 29 de julio de 2026.
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    Curso online de Alfabetización en IA (Art. 4)

    El curso completo para que tu equipo cumpla el Artículo 4 del AI Act, a su ritmo y sin moverse de la oficina. Se lanza el 28 de septiembre — resérvalo ahora y bloquea el precio de preventa.

    • Acceso completo el día del lanzamiento (28 de septiembre)
    • Vídeo-píldoras prácticas + módulos jurídicos, actualizados al Ómnibus Digital 2026
    • Certificado de aprovechamiento + kit de evidencia documental para inspección
    • Precio por alumno · una plaza por persona del equipo

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    Qué obliga exactamente el Artículo 4

    A quién aplica

    A toda empresa o autónomo que use sistemas de IA. Sin umbral de tamaño: si tu equipo usa ChatGPT, Copilot o cualquier IA, están obligados a tener formación.

    Desde cuándo

    La obligación rige desde el 2 de febrero de 2025. La supervisión y sanciones de la AESIA son exigibles desde el 2 de agosto de 2026.

    Qué exige

    Tras el Ómnibus: medidas apropiadas y demostrables de alfabetización, adaptadas al rol. El formato es libre — la evidencia documental es lo que te protege.

    Qué te juegas

    Sin multa directa catalogada para el Art. 4, el riesgo es operativo: supervisión de la AESIA, auditorías, licitaciones públicas y due diligence de clientes — y el Art. 26 si usas sistemas de alto riesgo.

    Qué incluye nuestra formación

    • Fundamentos de IA aplicada al puesto de trabajo: qué es, qué puede y qué no puede hacer.
    • Riesgos, límites y sesgos de la IA generativa, con ejemplos del sector del cliente.
    • Uso seguro y responsable: privacidad, RGPD, datos sensibles y propiedad intelectual.
    • Marco legal: qué exige el AI Act y cómo afecta al día a día de la empresa.
    • Buenas prácticas con ChatGPT, Claude, Gemini, Copilot y herramientas del sector.
    • Certificado de aprovechamiento nominal + registro documental para demostrar cumplimiento.

    Formatos disponibles

    Presencial en La Rioja

    En Logroño y toda La Rioja. Equipo formador propio, cercano, en tu idioma y con casos de tu sector.

    Online en toda España

    Sesiones en directo por videollamada. Para equipos distribuidos o empresas fuera de La Rioja.

    In-company a medida

    Vamos a tu empresa y adaptamos el contenido a vuestros procesos, herramientas y nivel de partida.

    Formación por sector

    Adaptamos los ejemplos, los riesgos y los casos a tu actividad. Mira cómo aplica el Art. 4 a tu sector:

    Bonificable por FUNDAE

    La formación es bonificable a través del crédito de formación de FUNDAE. La gestión de la bonificación la realiza tu empresa (o tu gestoría) y, si tenéis crédito disponible, puede salir sin coste. Te entregamos toda la documentación que FUNDAE requiere para tramitarla. Cómo funciona la bonificación →

    Empieza gratis: el Kit del Art. 4

    Checklist de obligación (redacción post-Ómnibus), plantilla de registro de formación y política interna de uso de IA lista para adaptar. Descárgalo gratis en Recursos.

    Descargar el Kit del Art. 4 →

    Quién imparte la formación

    La formación la diseña e imparte el equipo técnico de Varkia liderado por Roberto González, fundador de Varkia (VarkIA 360 S.L., Logroño), consultor de IA para PYMEs. El mismo equipo que implementa sistemas de IA en empresas es el que forma: los ejemplos, riesgos y casos salen de proyectos reales, no de diapositivas genéricas.

    Fuentes oficiales

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatoria la formación en IA para mi empresa?

    Sí, la obligación existe desde el 2 de febrero de 2025 y sigue vigente tras el Ómnibus Digital de 2026: el Artículo 4 del Reglamento Europeo de IA obliga a proveedores y empresas que usan sistemas de IA a adoptar medidas apropiadas para promover la alfabetización en IA de las personas que los operan o supervisan. El Ómnibus la reformuló como obligación de medios — ya no se exige "garantizar un nivel suficiente", sino tomar medidas adecuadas y poder demostrarlas — y eso es exactamente lo que deja resuelto una formación documentada. No hay umbral de tamaño: aplica igual a un autónomo que usa ChatGPT que a una empresa con cientos de empleados.

    ¿Qué cambió con el Ómnibus Digital de julio de 2026?

    El Reglamento (UE) 2026/1744 ("Ómnibus Digital", publicado en el DOUE el 24 de julio de 2026 y en vigor desde el 27 de julio) reformuló el Art. 4: la obligación pasa de "garantizar un nivel suficiente de alfabetización" a "adoptar medidas apropiadas de apoyo y capacitación". En la práctica es una obligación de medios: no tienes que certificar que cada persona alcanza un nivel, pero sí poder demostrar que has tomado medidas razonables — y una formación estructurada con registro y certificado es la forma más sólida y económica de demostrarlo.

    ¿Desde cuándo se puede supervisar el incumplimiento?

    La obligación existe desde febrero de 2025, y la supervisión de la AESIA (Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial) despliega su régimen a partir del 2 de agosto de 2026. Conviene tener las medidas de alfabetización documentadas antes de esa fecha.

    ¿Cuánto pueden ser las sanciones por no cumplir el Art. 4?

    Seamos honestos, porque hay mucho titular alarmista: el listado sancionador del AI Act (Art. 99) no cataloga una multa directa específica para el Art. 4 — las cifras de 35 M€ o el 7% de la facturación corresponden a las prácticas prohibidas del Art. 5, no a la alfabetización. El riesgo real para una PYME es otro: el régimen sancionador nacional que desarrolle España vía AESIA, quedar en evidencia en auditorías, licitaciones públicas y due diligence de clientes grandes, y el Art. 26 (que sí exige formación específica si usas sistemas de alto riesgo). Cumplir es barato; explicar por qué no cumples, no.

    ¿Vale con una charla rápida o un PDF?

    Legalmente, tras el Ómnibus la norma pide "medidas apropiadas" — no fija un formato. En la práctica, una charla sin registro no te sirve para demostrarlas: si la AESIA, un auditor o un cliente grande te pregunta, necesitas evidencia de qué se impartió, a quién, cuándo y con qué contenido. Por eso entregamos certificado de aprovechamiento nominal y registro documental: es la diferencia entre "hicimos algo" y "podemos demostrarlo".

    ¿Se puede bonificar por FUNDAE?

    Sí, la formación es bonificable a través de FUNDAE (crédito de formación de empresa). La gestión de la bonificación la realiza la propia empresa (o su gestoría), normalmente sin coste si tenéis crédito disponible. Os facilitamos toda la documentación que necesita FUNDAE.

    ¿En qué formatos impartís la formación?

    Tres formatos: presencial en Logroño y La Rioja, online en directo para toda España, e in-company (vamos a vuestra empresa). Adaptamos duración y contenido al nivel y al sector de los asistentes.

    ¿Qué incluye el certificado?

    Certificado de aprovechamiento nominal por asistente, con contenidos impartidos, duración y fecha. Es el documento que necesitas para demostrar ante una auditoría o ante la AESIA que tu organización cumple la obligación de alfabetización en IA del Art. 4.